Nicola Pende fue un alumno aventajado y, siguiendo la trayectoria iniciada por el maestro Giacinto Viola, elevó la individualidad constitucionalista a categoría de ciencia: la biotipología. Nombre que significa <<ciencia de los biotipos humanos somáticos y psíquicos>> (1). Como explicó en un libro posterior, el objetivo era conocer el <<conjunto de caracteres particulares que diferencian a un individuo de otro y lo alejan del tipo humano abstracto, o genérico, y convencional, del hombre especie, descrito por los anatomistas, los fisiólogos, los psicólogos, y los estadísticos>>(2). La sombra de Vesalio es alargada recuperándose la mentalidad arquitectónica empleada hace siglos para construir la fábrica del cuerpo humano (3). Ahora, en la vigésima centuria, la fábrica corporal es tipológica. Nuestro médico, como le enseñó Achille De Giovanni, observa al individuo aislándolo del colectivo tanto en su arquitectura como en su ingeniería (4) - la forma exige el complemento de la función y viceversa-, liberando al enfermo de la tiránica aplicación de las generalista leyes sanitarias obtenidas en el laboratorio bacteriológico (5) propias de una terapéutica comunitaria donde la enfermedad suplanta a la persona. Y es en el seno de la diferencia constitucional individual definida por la biotipología donde preguntaremos <<¿No se puede hacer responsable, al menos en parte y eventualmente, a la constitución endocrina de los criminales tanto de sus anomalías morfológicas como de las morales?>> (6); es decir, de su anatomía y de sus actos. La respuesta es el hombre endocrino, representando la interrelación del sistema hormonal con los caracteres somáticos y psíquicos presentes en el individuo; contexto donde el delincuente es una variante relativa a la psique y a las anomalías del carácter (7). La constitución individual -morfológica, fisiológica y psicológica- resulta de la conversión génica embrionaria en un fenotipo modelado durante su desarrollo al estado adulto, variando de uno a otro individuo (8). La resultante corporal viene <<esencialmente determinada por las leyes de la herencia y, accesoriamente, por la acción perturbadora ejercida por el ambiente sobre el plano hereditario de la organización individual>> (9); en cualquier caso, la información se traduce en un patrón anatómico cuyo desarrollo individual ocurre mediante un mecanismo hormonal endógeno que no actúa ex novo sino estimulando y regulando la potencialidad morfogenésica del organismo (10). Su anormal funcionamiento genera la morbidez. Del muestrario tipológico el delincuente es la figura amoral, cuyo comportamiento antisocial está condicionado por la <<desviación del desarrollo orgánico considerado como una unidad psicofísica>> (11). La relación entre cuerpo y mente es un factor de perversión. Delinquir es la expresión corpórea voluntaria del temperamento y carácter personal, no pudiéndose argumentar que los trastornos hormonales desarrollen tendencias antisociales, en caso afirmativo <<hallaríamos en nuestra sociedad un número bastante mayor de criminales o de individuos amorales, siendo entonces más frecuente la criminalidad en los endocrinópatas que en sujetos con sistema endocrino casi normal, lo que efectivamente no corresponde a la realidad>> (12). Sin embargo, la presencia de alteraciones endocrinopáticas en los delincuentes es un hecho comprobado. Prominencia de la región supraciliar; parpados hinchados; ojos saltones; mandíbula robusta y prominente; nariz tosca; orejas largas y carnosas; mirada salvaje y penetrante; cejas densas y largas; cabello hirsuto salpicado de canas; cráneo fino y algo afeminado; arrugas en la frente y cara; anomalías de pigmentación; coloración lívida y terrosa; talla muy reducida o excesivamente alta; masculinidad; desarrollo anormal de las prominencias óseas, cavidades del cráneo y cara, de las mandíbulas, nariz, y huesos de las extremidades; excesiva movilidad de las falanges; mamas atróficas; hipoplasia uterina y ovárica; esterilidad; pubertad precoz; infantilismo sexual; etcétera; lo demuestran (13). Resumiendo, en los individuos que cometen <<actos criminales sin acudir a la violencia, así como los criminales ocasionales y los impulsivos representan, por regla general, una constitución hipertiroidea>>; en <<los criminales habituales, sanguinarios y cínicos, es decir, en los verdaderos amorales congénitos, predomina el biotipo brevilíneo, hipervegetativo>>; y en <<los autores de delitos contra la moral y a las prostitutas, que predomina en ellos el hábito hipergenital o disgenital>> (14).
Conectados delito y enfermedad el último eslabón de la cadena es conocer la importancia que las anomalías hormonales tienen respecto al fenómeno delictivo (15). Partiendo del principio de unidad psicofísica corporal la solución del problema se administra utilizando un materialismo psicológico distante de la patología apriorística rememorativa del pasado lombrosiano que, finalizada la década de los 30, era una doctrina universalmente puesta en cuarentena , afirma Pende (16). Al delincuente lo identifican sus actos no los signos de la enfermedad. El biotipo refleja el estatus morboso pero no determina el comportamiento; los cambios morfológicos sólo crean condiciones intrínsecas favorables a la comisión del delito aumentando la probabilidad del suceso (17). La somatización del delito recae en el sistema neurovegetativo, es en el cerebro donde se crea el clímax neurológico potenciador del delito: <<es necesario que las susodichas disfunciones endocrino-simpáticas produzcan en el individuo una particular constitución cerebral, por lo general hereditaria, que prepare y favorezca la naturaleza criminal de los mismos actos impulsivos>>(18). La constitución es sólo una <<condición potencial favorable al surgimiento del fenómeno>> que puede manifestarse o permanecer oculto en el laberinto mental durante toda la vida. La anatomía explica el qué y el cómo del problema, el desenlace, el porqué, depende del casualismo peculiar de la voluntad humana, pertenece al misterio del alma que la biotipología no subordina al cuerpo (19). |
(1) N. Pende, <<La biotipología humana (ciencia de la individualidad)>>; en N. Pende, Trabajos recientes sobre endocrinología y psicología criminal , Madrid, Javier Morata, 1932, pp. 83-117, p. 86. El nombre lo acuña Pende en su libro La debolezze di costituzione , Roma, Bardi, 1922.
(2) N. Pende, Trattato di biotipología umana individuale e sociale, con aplicazioni alla medicina preventiva, alla clinica, alla politica biologica, alla sociología , Milán, F. Vallardi, 1939, p. 1.
(3) Vesalio, De humanis corporis fabrica , Basilea, 1543.
(4) Pende (1939a), p.1.
(5) N. Pende, La debolezze di costituzione. Introduzione alla patologia costituzionale , Roma, G. Bardi, 1922, prefacio.
(6) N. Pende, <<Constitución y endocrinología>> (original publicado en alemán el año1924, Konstitution und innere sekretion ); en Pende (1932), pp. 209-314, p.212.
(7) N. Pende, Endocrinologia, patología e clinica degli organi a secrezione interna , Milán, F. Villardi, 1924, 3ª edición, v. II, p. 1102.
(8) Pende (1922), pp. 14, 18.
(9) Ibídem, p. 18.
(10) Cf . el prefacio de Pende al libro de G. Vidoni, Valore e limiti dell'endocrinologia nello Studio del delincuente , Turín, Fratelli Bocca, 1923, p.VIII. También Pende (1922), p. 58.
(11) N. Pende, <<I fattori biotipologici della criminalità>>, La scuola positiva, rivista di diritto e proc. penitenciaria , nueva serie, año XV, fasc. 7-8, 1935, p. 3.
(12) N. Pende, <<Constitución y endocrinología>>; en Pende (1932), pp. 301-302.
(13) Ibídem, pp. 288-292. Cf . También Pende (1939a), pp. 601-603.
(14) Ibídem, pp. 299-300.
(15) Ibídem, p. 301.
(16) N. Pende (1939a), p. 5. En trabajos precedentes la distancia lombrosiana es menor; cf , por ejemplo, <<Constitución y endocrinología>>; en Pende (1932), p. 287.
(17) Pende (1935), p. 4.
(18) Pende (1939a), p. 602.
(19) Pende (1935), p. 4. |